Hotel - Escuela de Turismo de Ibiza

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Cosas utiles > Legislación

Descripción:

Decreto 13/85, de 21 de febrero, por el que se fijan nuevas medidas de seguridad de protección contra incendios en establecimientos turísticos.

Ley 7/88, de 1 de junio, sobre medidas transitorias de Ordenación de establecimientos hoteleros y alojamientos turísticos.

Decreto 40/89, de 31 de marzo, sobre autorizaciones de apertura provisional de alojamientos.

Decreto 60/89, de 22 de mayo, por el que se regula el procedimiento de autorizaciones.

Ley 3/90, de 30 de mayo, por la que se regula el Plan de Modernización de Alojamiento Turístico.

Decreto 8 /1998, de 23 de Enero , por el que se regulan las viviendas turísticas vacacionales en el ámbitode la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

Orden del conseller de turismo del dia 11 de junio de 1999.

Decreto 20/2011, de 18 de marzo, por el cual se establecen las disposiciones generales de clasificación de la categoría de los establecimientos de alojamiento turístico en hotel, hotel apartamento y apartamento turístico de las Illes Balears.

Resolución de la consejera de Turismo y Trabajo de 20 de abril de 2011 por la que se aprueba el modelo de cuestionario de autoevaluación y la información que el establecimiento tiene que proporcionar en relación a la categoría alcanzada respecto de la clasificación de los establecimientos de alojamiento turístico, de acuerdo con el Decreto 20/2011, de 18 de marzo.

La persona titular del establecimiento de alojamiento turístico dispone hasta el 5 de mayo de 2012 para presentar la declaración de la categoría de su establecimiento, junto con el cuestionario de autoevaluación. Ello implica que el establecimiento debe adaptarse a los nuevos criterios de clasificación que establece el Decreto 20/2011, de 18 de marzo (BOIB núm. 46 EXT. De 30-3-2011).

También deberá presentarse la declaración de la categoría cuando ello comporte un cambio de grupo (debiendo aportar en este caso el informe descriptivo -junto con el resto de la documentación exigida).


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