Apartamentos Turísticos: Declaración de categoria
Descripción:
Decreto 20/2015, de 17 de abril, de principios generales y directrices de coordinación en materia turística; de regulación de órganos asesores, de coordinación y de cooperación del Gobierno de las Islas Baleares, y de regulación y clasificación de las empresas y los establecimientos turísticos, dictado en desarrollo de la Ley 8/2012, de 19 de julio, de turismo de las Islas Baleares
La persona titular del establecimiento de alojamiento turístico dispone hasta el 5 de mayo de 2012 para presentar la declaración de la categoría de su establecimiento, junto con el cuestionario de autoevaluación. Ello implica que el establecimiento debe adaptarse a los nuevos criterios de clasificación que establece el Decreto 20/2011, de 18 de marzo (BOIB núm. 46 EXT. De 30-3-2011).
También deberá presentarse la declaración de la categoría cuando ello comporte un cambio de grupo (debiendo aportar en este caso el informe descriptivo -junto con el resto de documentación exigida).
Enlace a la página del Consell
Enlace a la página del Govern Balear